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  Componentes de CORA: ANICHI  

 

ADOPCIÓN DE NIÑOS EN CHINA

 
     
  Fecha de constitución y número de asociados  


Fecha de última modificación:
marzo 2007

e-mail : anichi@anichi.org

pagina web : www.anichi.org

   

19 de octubre de 2002

Aproximadamente 97 familias (marzo 2007)

 
  Ambito de actuación  
   

C.A. País Vasco

 
  Sede social y/o dirección  
   

Estitxu Encinas, C/ Norberto Almandoz, nº 1, 5ºE 20100 Errenteria. Gipuzkoa
600396981 - 677190739

 
  Persona de contacto y /o representante en CORA  
   

Mª Cristina Villar Losa, Presidenta (christina.luis@wanadoo.fr)
Estitxu Encinas, Secretaria

 
  Otras asociaciones u organismos a los que pertenece  
    Integrada en CORA  
  Objetivos principales de la asociación  
   

.El objetivo de nuestra asociación es promocionar, asesorar y ayudar en la tramitación de adopciones de niñ@s en situación de abandono en la República Popular China.

. Facilitar a las familias adoptantes en China soporte y asesoramiento sobre el proceso de adopción, tanto durante su tramitación con posterioridad a la misma. Facilitar a los menores adoptados el apoyo la información y el asesoramiento que en cada momento se precise.

.Realizar programas de formación y seguimiento para las familias adoptivas, tanto en el momento anterior como posterior a la adopción.
.Organizar encuentros entre las familias y ofrecerles todo tipo de asesoramiento legal, psicológico y social.
.Realizar y organizar debates, charlas, jornadas y actos culturales destinados a promover la adopción de los menores de la República Popular China.
.Suscribir convenios, acuerdos o cualquier tipo de colaboración y cooperación con administraciones, organismos e instituciones públicas y privadas en ayuda de la infancia desprotegida.
.Solicitar, tramitar y gestionar ayudas y subvenciones de cualesquiera organismos públicos y privados para el cumplimiento de sus fines.
.Promocionar, tramitar, gestionar, participar y colaborar en programas de acogida temporal de menores cualquiera que sea su nacionalidad, de conformidad con lo dispuesto en el art. 14 de¡ Reglamento de Extranjería a la sazón vigente y cualquier otras disposiciones legales aplicables, en el seno de familias calificadas como aptas, ya sea por motivos de salud de los menores para seguir un tratamiento médico, de estancia vacacional, o estancias por estudios, o cualquier otro motivo que contemple y respete ante todo el interés superior del menor.

 

 
  Otros datos de interés y comentarios  
   

Nuestra asociación actúa solamente en Gipuzkoa, y en el ámbito de las adopciones en la República Popular China.

 
       
       
Coordinadora de Asociaciones en Defensa de la Adopción y el Acogimiento || correo@coraenlared.org || Aviso legal || Créditos